DecretoVigente
Decreto 1275 de 1987
por el cual se autoriza a la universidad pedagogica y tecnologica de colombia, con domicilio en tunja, para ofrecer bajo convenio programas en la modalidad de formacion universitaria, en el area de bellas artes y se dictan otras disposiciones.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizar A La Universidad Pedagógica Y Tecnológica De Colombia, Con Domicilio En Tunja, Para Celebrar Un Convenio Con El Instituto De Cultura Y Bellas Artes De Boyacá, También Con Domicilio En Tunja, Que Le Permita Una Óptima Utilización De Sus Recursos Para Adelantar Conjuntamente Programas En La Modalidad De Formación Universitaria, En El Área De Bellas Artes2Autorizar A La Junta Directiva Del Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior, Icfes, Para Aprobar El Convenio Que Se Suscriba, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 1º Del Presente Decreto3Los Programas Académicos De Que Trata Este Decreto Requerirán De Licencia De Funcionamiento Y Aprobación Del Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior, Icfes, Con La Solicitud Para Que Se Otorgue La Licencia De Funcionamiento De Los Programas, El Rector De La Universidad Pedagógica Y Tecnológica De Colombia, Presentará El Convenio Para La Aprobación De La Junta Directiva Del Icfes4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los artículos 120, numeral 12 y 132 de la Constitución Política y 177 del Decreto-ley 80 de 1980, y
- Antonio Yepes ParraEl Ministro de Educación Nacional