DecretoVigente
Decreto 1896 de 1947
por el cual se dictan medidas relacionadas con el Ramo de Carreteras Nacionales.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Sector De Carretera Comprendido Entre La Población De Coper En El Punto De Empalme Con La Carretera Chiquinquirá-Muzo, Formará Parte De La Zona De Carreteras De Barbosa, Para Todo Lo Que Se Relacione Con Los Trabajos De Mejora Y Sostenimiento De Dicho Sector2Adscribense Al Ingeniero Interventor De Las Carreteras La Ceiba-Abrego Y Bucaramanga-Vetas, Las Funciones De Interventor Del Gobierno Nacional En Los Trabajos De Estudios Y Proyectos Y Construcción De La Carretera Bucaramanga-Tona3El Habilitado-Almacenista De La Interventoría De Las Carreteras Nacionales Que Se Adelantan Por Contrato En El Departamento Del Valle Del Cauca, Tendrá A Su Cargo El Recibo De Fondos, Pago De Gastos Y Rendición De Cuentas De La Carretera De Cali Al Mar
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