Micelio
DecretoDerogado

Decreto 1394 de 2010

por el cual se fija la escala de asignación básica de los empleos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones..

12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1A Partir Del 1° De Enero De 2010, Fíjase La Siguiente Escala De Asignación Básica Para Los Empleos De La Fiscalía General De La Nación: Grado Asignacion Grado Asignacion Grado Asignacion 1 5252Artículo 23Los Citadores Y Mensajeros De La Fiscalía General De La Nación Tendrán Derecho A Un Auxilio Especial De Transporte De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 32 Del Decreto 717 De 1978, Así: A) Para Ciudades De Más De Un Millón De Habitantes: Cincuenta Y Cinco Mil Quinientos Noventa Y Siete Pesos ($554Los Servidores Públicos De Que Trata Este Decreto Tendrán Derecho A Un Auxilio De Transporte En Los Mismos Términos Y Cuantía Que Establezca El Gobierno Para Los Trabajadores Particulares Y Trabajadores Y Empleados Del Estado, Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior De Este Decreto5El Subsidio De Alimentación Para Los Empleados Que Perciban Una Asignación Básica Mensual No Superior A La Señalada Para El Grado 6 En La Escala De Que Trata El Artículo 1 ° De Este Decreto Será De: Cuarenta Y Un Mil Seiscientos Doce Pesos ($416La Fiscalía General De La Nación, En Aplicación Del Presente Decreto, No Podrá Exceder, En Ningún Caso, Las Apropiaciones Presupuestales Vigentes En La Fecha Para Servicios Personales7Las Normas Contenidas En El Presente Decreto Se Aplicarán A Los Servidores Públicos De La Fiscalía General De La Nación Que No Optaron Por El Régimen Especial Establecido En Los Decretos 53 Y 109 De 1993 Y 108 De 19948En La Escala De Asignación Básica Mensual Prevista En El Presente Decreto, Se Encuentran Incorporados Los Porcentajes De Incremento Adicionales, Ordenados En El Decreto 3902 De 2008, Para La Vigencia De 20109Ninguna Autoridad Podrá Establecer O Modificar El Régimen Salarial O Prestacional Estatuido Por Las Normas Del Presente Decreto, En Concordancia Con Lo Establecido En El Artículo 10 De La Ley 4ª De 199210Artículo 1011Artículo 1112El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto 729 De 2009 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 2010
03

Firmas