DecretoDerogado
Decreto 179 de 1984
Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Corporación Autónoma Regional del Cauca CVC y se dictan otras disposiciones
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécense Las Siguientes Escalas De Remuneración Para Cada Uno De Los Niveles En Que Se Clasifican Los Empleos De La Corporación Autónoma Regional Del Cauca Cvc: Escala Del Nivel Ejecutivo Categorías A B C D E F Grado 1 662Las Escalas Establecidas En El Artículo Anterior, Corresponden A Varias Columnas Así: La Primera Columna Fija Los Grados De Remuneración De Cada Nivel3El Cincuenta Por Ciento (50%) De La Remuneración Que Corresponda A Los Empleos Ubicados En La Escala Del Nivel Ejecutivo, Tendrá El Carácter De Gastos De Representación4° A Partir Del 1° De Enero De 1984, Los Empleados Públicos Que Estuvieren Prestando Su Servicio A La Corporación Autónoma Regional Del Cauca, Quedarán Clasificados En Las Escalas Establecidas En El Presente Decreto, Dentro Del Mismo Nivel, Grado Y Categoría Que Tuvieren El 31 De Diciembre De 19835° A Partir Del 1° De Enero De 19846° En Ningún Caso La Remuneración Total De Los Empleados Públicos De La Corporación Autónoma Regional Del Cauca -Cvc-, Podrá Ser Superior A La Suma Que Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación, Devenguen Los Ministros Del Despacho O Las Jefes De Departamento Administrativo7° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1984