DecretoVigente
Decreto 37 de 1948
Por el cual se conceden unas franquicias postales y telegráficas
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Dentro De Las Prescripciones Reglamentarias Consignadas En El Decreto Número 1255 De 1947, Concédese Franquicia Telegráfica Hasta Por Cincuenta (50) Palabras, Al Director Del Instituto Nacional De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico2Dentro De Las Normas Generales De Los Artículos 1358 A 1371 Del Decreto 1418 De 1945, Concédese Franquicia Postal A La Correspondencia Enviada Por El Citado Instituto Nacional De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico3La Franquicia Concedida Por El Presente Decreto Exime Del Pago De La Sobretasa De Que Tratan Las Leyes 85 De 1936 Y 2 De 1946
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