DecretoVigente
Decreto 2063 de 1992
por el cual se reajustan unos valores absolutos del impuesto de timbre nacional no administrado por la Dirección de Impuestos Nacionales para el año gravable de 1993 y se dictan otras disposiciones.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º A Partir Del 1º De Enero De 1993, El Valor Absoluto Aplicable En El Impuesto De Timbre A Que Se Refiere El Numeral 3 Del Artículo 14 De La Ley 2º De 1976, Por Salida Al Exterior De Nacionales Y Extranjeros Residentes En El País, Será De Diez Mil Pesos ($ 102º A Partir Del 1º De Enero De 1993, Los Valores Absolutos Aplicables En El Impuesto De Timbre Sobre Vehículos A Que Se Refiere La Ley 14 De 1983, Serán Los Siguientes: Artículo 503º El Presente Decreto Rige Desde El Primero (1º) De Enero De 1993
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