DecretoVigente
Decreto 1045 de 1983
Por la cual se modifican los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto número 983 de fecha 20 de mayo de 1988
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifícase El Artículo 1º Del Decreto Número 985 De Fecha Mayo 20 De 1988, En El Sentido Que La Fecha De La Comisión Del Señor Julio Londoño Paredes, Ministro De Relaciones Exteriores, A La Ciudad De La Habana - Cuba, Es A Partir Del 26 De Mayo De 1988 Y-Por El Término De Seis (6) Días, Y No Como En La Citada Disposición Aparece2Modifícase El Artículo 2º Del Decreto Número 985 De Fecha Mayo 20 De 1988 En El Sentido Que El Señor Londoño Paredes Y Su Señora Esposa, Tendrán Derecho A Pasaje Aéreo En Clase Económica En La Ruta Bogotá - Panamá - La Habana3El Artículo 3º Del Decreto Número 985 De Fecha 20 De Mayo De 1988, Quedará Así: ''artículo 3º A Partir Del 26 De Mayo De 1988 Y Durante La Ausencia Del Señor Julio Londoño Paredes, Se Encargará De Las Funciones Del Despacho Del Ministro De Relaciones Exteriores, Al Doctor Enrique Low Murtra, Ministro De Justicia"4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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