DecretoVigente
Decreto 430 de 2009
por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto 2394 de 2002.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Incluir En La Lista De Bienes De Capital Definida En El Artículo 1° Del Decreto 2394 De 2002, Los Aparatos Y Dispositivos Para Licuefacción De Aire U Otros Gases, Clasificados Por La Subpartida Arancelaria 84192El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica El Artículo 1° Del Decreto 2394 De 2002
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en la Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Luis Guillermo Plata PáezEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo