DecretoVigente
Decreto 2459 de 1971
Por el cual se da cumplimiento en forma parcial a novedades contempladas en los Decretos-leyes números 518, 527, 529 y 531 de 1971
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Enero De 1972, Entrará En Vigencia El Artículo 1° Del Decreto-Ley 531 De 1971, En Materia De Círculos Municipales2A Partir Del Primero De Enero De 1972, Entrarán En Vigencia Las Siguientes Creaciones Contempladas En Los Decretos-Leyes 518, 527, 529 Y 531 De 1971: I3Entre El 1° Y El 11 De Diciembre Del Presente Año, La Corte Suprema De Justicia, Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial Y El Tribunal Administrativo De Cundinamarca, Harán Los Respectivos Nombramientos Para Proveer Los Cargos Que Entrarán A Funcionar El 1° De Enero De 1972, De Conformidad Con El Artículo Anterior4Los Nombramientos Pertinentes Serán Hechos Para El Resto Del Período Judicial Que Comenzó El 1° De Septiembre Del Presente Año, Para Los Jueces, Y El 1° De Agosto De 1969 Para Los Magistrados5Este Decreto Rige Desde Su Expedición
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