DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3590 de 1954
Por el cual se abren unos créditos adicionales-suplementales y extraordinarios- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1955, (Presidencia de la República, Ministerio de Justicia, de Hacienda y Crédito Público, de Guerra, de Agricultura, de Salud Pública, de Educación Nacional y de Comunicaciones)
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JaramilloEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Castor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Manuel Archila MEl Ministro de Fomento
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores · encargado
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Gustavo Berrio MEl Ministro de Comunicaciones
- Capitán De Navio Rubén PiedrahitaEl Ministro de Obras Públicas