DecretoVigente
Decreto 3373 de 2007
por el cual se reglamenta el artículo 9° de la Ley 1033 de 2006.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Cuando Al Liquidar El Valor De La Tarifa A Que Hace Referencia El Artículo 9° De La Ley 1033 De 2006, Las Dos Últimas Fracciones En Pesos Del Valor A Pagar Resultaren Inferiores O Superiores A Cincuenta Pesos, El Valor Se Ajustará A La Cincuentena Siguiente2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 2675 De 2007
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública