DecretoVigente
Decreto 2220 de 2004
por el cual se autoriza la importación de algunos vehículos usados o saldos, provenientes de donaciones, para una entidad oficial.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Comité De Importaciones Del Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Autorizará, Previo El Cumplimiento De Los Requisitos Establecidos En El Artículo 2° Del Presente Decreto, Las Solicitudes De Licencia Previa Presentadas Por La Secretaría De Desarrollo Del Departamento Del Atlántico, Entidad Oficial Debidamente Reconocida, Que Ampare La Importación A Través De Donación, De Una (1) Camioneta Doble Cabina Modelo 2003 Y Cinco (5) Camionetas Recolectoras Con Vagón De Metal Modelo 2002, Clasificadas En Las Subpartidas Arancelarias 872La Aprobación De Las Solicitudes De Licencia Previa Por Parte Del Comité De Importaciones, Para Los Bienes Clasificados Por Las Subpartidas Mencionadas En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Estará Condicionada Exclusivamente Al Cumplimiento De Los Siguientes Requisitos: 13Los Vehículos Donados De Que Trata Este Decreto Deberán Cumplir Con Los Demás Requisitos Establecidos Para La Importación De Mercancías Al Territorio Aduanero Nacional4Los Bienes Cuya Importación Se Autoriza En El Presente Decreto Se Exceptúan De La Aplicación Del Parágrafo Del Artículo 1° De La Resolución 02 Del 7 De Mayo De 1999 Expedida Por El Consejo Superior De Comercio Exterior5El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación En El Diario Oficial
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, oído el concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Humberto BoteroEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo