DecretoVigente
Decreto 2735 de 1958
Por el cual se dictan unas disposiciones sobre Comisiones de Adjudicación de Terrenos Baldíos y se hacen unos nombramientos en el Ministerio de Agricultura
5artículos
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Comisiones De Baldíos De Que Trata El Decreto 2189 De 1958, Realizarán Sus Labores De Acuerdo Con El Procedimiento Indicado En Los Decretos 198 Y 1418 De 1943, Bajo La Inmediata Dependencia Del Ministerio De Agricultura2Para Desempeñar Los Trabajos Correspondientes, Destínanse Dos Comisiones Al Departamento De Caldas, Tres Al Departamento Del Tolima, Tres Al Departamento Del Huila, Dos Al Departamento Del Cauca Y Una Al Departamento Del Valle Del Cauca3A Partir Del 1° De Enero De 1959, Hácense Los Siguientes Nombramientos: Departamento De Caldas Comisión 1ª De Adjudicación De Baldíos: Doctor Oscar Salazar Ch4° El Pago De Los Sueldos Del Personal De Las Comisiones De Baldíos De Que Trata El Decreto Número 2189 De 1958, Se Atenderá Por El Ministerio De Gobierno Con Imputación Al Artículo 0364-A Del Capítulo 038-A Del Presupuesto, Vigente, De Conformidad Con Las Normas Del Artículo 2° Del Decreto Legislativo Número 0323 De 19585Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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