DecretoVigente
Decreto 3127 de 1953
Por el cual se delega la construcción de una obra
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Delégase En El Departamento Del Tolima La Construcción Del Puente Payandé Sobré El Río Coello En La Carretera Valle-Buenos Aires2El Ministerio De Obras Públicas Entregará Al Departamento Del Tolima, Con Destino Al Puente Payandé Sobre El Río Coello, La Cantidad De $ 203El Tesorero Del Departamento Del Tolima, Deberá Rendir Cuenta A La Contraloría General De La República De La Inversión De Los Fondos Que Reciba De La Nación, De Conformidad Con Las Disposiciones Vigentes O De Las Que Para Este Caso Se Dicten Especialmente4Los Fondos Nacionales Que Se Giren Al Tesorero Del Departamento Del Tolima, Para La Obra Mencionada, No Podrán Emplearse En Fines Distintos
03