DecretoVigente
Decreto 416 de 1943
Por el cual se reglamenta la ley 33 de 1928, sobre celebración del quincuagésimo aniversario de la fundación del Distrito de Filandia (Caldas)
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Partida Apropiada En El Presupuesto Vigente En El Capítulo 93, Artículo 1355, Por La Cantidad De $ 32La Partida Apropiada En El Presupuesto Para La Vigencia En Curso Y Las Que Se Liquiden En Los De Vigencias Posteriores, Deberán Incorporarse En El Presupuesto Municipal De Filandia, Enviando Copia Del Acuerdo Respectivo Al Ministerio De Obras Públicas3El Tesorero Municipal Deberá Otorgar Fianza A Satisfacción De La Contraloría General De La República, Por La Cuantía Que Esta Entidad Determine, En Garantía Del Manejo De Los Fondos Del Auxilio A Que Se Refiere El Presente Decreto4Como Requisito Previo Para El Pago Del Auxilio Nacional De Que Trata La Ley 33 De 1928, El Concejo Municipal De Finlandia, De Acuerdo Con La Gobernación Del Departamento De Caldas, Determinara Las Obras Públicas Del Municipio Que Deban Ejecutarse Con Los Fondos Provenientes Del Auxilio Nacional, Sometiendo El Programa De Inversiones A La Aprobación Del Ministerio De Obras Públicas5La Gobernación Del Departamento De Caldas Supervigilara Y Controlará La Ejecución De Las Obras Que Se Adelanten Con Fondos Del Auxilio Y El Tesorero Municipal Rendirá Cuentas De Su Inversión A La Contraloría General De La República, De Acuerdo Con Las Disposiciones Vigentes Sobre El Particular O Con Las Que Para Este Caso Dicte Especialmente
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