Micelio

Artículo 5

La Gobernación Del Departamento De Caldas Supervigilara Y Controlará La Ejecución De Las Obras Que Se Adelanten Con Fondos Del Auxilio Y El Tesorero Municipal Rendirá Cuentas De Su Inversión A La Contraloría General De La República, De Acuerdo Con Las Disposiciones Vigentes Sobre El Particular O Con Las Que Para Este Caso Dicte Especialmente

Decreto 416 de 1943 · Por el cual se reglamenta la ley 33 de 1928, sobre celebración del quincuagésimo aniversario de la fundación del Distrito de Filandia (Caldas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Gobernación del Departamento de Caldas supervigilara y controlará la ejecución de las obras que se adelanten con fondos del auxilio y el Tesorero Municipal rendirá cuentas de su inversión a la Contraloría General de la República, de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre el particular o con las que para este caso dicte especialmente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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