DecretoVigente
Decreto 2435 de 1972
Por el cual se crean nuevas oficinas seccionales de Registro en el Círculo de Ibagué, con jurisdicción en el Departamento del Tolima, y se modifica la circunscripción territorial de las ya creadas
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Dentro Del Circulo De Registro De Ibagué, Cuya Jurisdicción Comprende El Departamento Del Tolima, Créanse Las Oficinas Seccionales De Registro De Instrumentos Públicos Con La Circunscripción Territorial Y Las Cabeceras Que Se Señalan A Continuación: Cabecera2Modificase La Circunscripción Territorial De La Oficina De Registro De Ibagué, La Cual Quedará Así: Cabecera3La Superintendencia De Notariado Y Registro Determinará La Fecha En Que Deben Comenzar A Operar Las Oficinas De Que Trata El Artículo 14El Registrador De Instrumentos Públicos Del Círculo De Ibagué Hará La Designación De Registradores Seccionales Para El Resto Del Periodo Legal Que Comenzó El 1° De Enero De 1970, En La Oportunidad En Que Lo Solicite La Superintendencia De Notariado Y Registro5El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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