DecretoVigente
Decreto 2020 de 2012
por el cual se corrige un yerro tipográfico
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Se Modifica El Parágrafo Del Artículo 1° Del Decreto 1702 De Agosto 15 De 2012, El Cual Quedará Así: "parágrafo2El Presente Decreto Entra En Vigencia A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica El Artículo 1° Del 4927 De Diciembre 26 De 2011 Y El Artículo 1° Del Decreto 1702 De 2012
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Sergio Diazgranados GuidaEl Ministro de Comercio Industria y Turismo