DecretoVigente
Decreto 1652 de 1986
Por el cual se nombran Delegados Presidenciales para las elecciones del 25 de mayo de 1986
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Designase Como Delegados Presidenciales Para Los Municipios Que A Continuación Se Relacionan, Y Para El Corregimiento De Berbeo, A Las Siguientes Personas; * Antioquia Granada: Luisa Fernanda Angulo, En Reemplazo De Tobías Buitrago González, Quien No Aceptó2Los Delegados De Que Trata El Presente Decreto, Tendrán Las Mismas Funciones, Obligaciones Y Derechos Señaladas Para Los Delegados Presidenciales En El Decreto 1590 De Mayo 19 De 19863Los Gobernadores, Los Alcaldes Y Demás Autoridades, Prestarán A Los Delegados Presidenciales Toda La Colaboración Que Requieran Para El Cumplimiento De Sus Funciones4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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