DecretoVigente
Decreto 977 de 1970
Por el cual se reglamenta el artículo 28 del Decreto 3159 de 1968, sobre el Fondo de Desarrollo Comunal
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Consejo Seccional Del Fondo De Desarrollo Comunal En El Distrito Especial De Bogotá, Estará Integrado De La Siguiente Manera: 1º El Alcalde Del Distrito Especial De Bogotá, Quien Lo Presidirá 2º Un Funcionario De La Dirección General De Integración Y Desarrollo De La Comunidad Del Ministerio De Gobierno2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03