DecretoVigente
Decreto 953 de 1918
Por el cual se abre un crédito suplemental al Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Abrese Al Presupuesto Nacional Da Gastos Para El Año Fiscal De 1 De Marzo De 1918 A 28 De Febrero De 1919, Tur-Crédito Suplemental Por La Suma De Trescientos Sesenta Y Seis Mil Ciento Cincuenta Y Cinco Pesos Nueve Centavos ($ 366,155 09), Que Llevará Las Siguientes Imputaciones: Ministerio De Instruccion Publica Capitulo 59 Vigencias Anteriores Artículo 5602Por El Ministerio Del Tesoro Se Dará Cumplimiento En Oportunidad A Lo Dispuesto En El Articule 231 Del Código Fiscal3Las Oficiaba Ordenadora Y Pagadora Respectivas Describirán En Sub Libros Para Operaciones A Que Da Lugar El Presente Decretó
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