DecretoVigente
Decreto 936 de 1950
Por el cual se adscriben transitoriamente unas funciones a la Sección de Fomento Municipal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 112Del Decreto Número 490 De 1944 Venía Atendiendo La Sección De Comercio Y Almacenes Del Ministerio De Obras Públicas, Continuará Transitoriamente A Cargo De La Sección De Fomento Municipal Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Mientras Se Organiza El Instituto De Fomento Municipal Creado Por Decreto Número 289 Del 2 De Febrero Del Año En Curso2Artículo 2
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