DecretoVigente
Decreto 936 de 1934
Po el cual se adiciona el marcado con el número 235 del corriente año
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizase Los Administradores Del Terminal Marítimo De Cartagena, Para Dar En Arrendamiento El Equipo Del Puerto A Los Contratistas De Obras Cuya Realización Se Efectúe Por Cuenta Del Gobierno, Mediante El Pago De La Tarifa Que A Continuación Se Expresa: Grúa Flotante, 25 Toneladas, $ 25 Por Día O Fracción2Los Arrendatarios Del Equipo Deben Devolverlo En Las Mismas Condiciones En Que Lo Reciben, Salvo El Desgaste Natural, Como Consecuencia De Los Servicios Prestados3Queda En Estos Términos Adicionado El Decreto Número 235 Del Corriente Año
03