DecretoVigente
Decreto 928 de 1948
Por el cual se hacen unas modificaciones en el ramo de Telégrafos, en el Ministerio de Correos y Telégrafos
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Hácense Las Siguientes Supresiones En El Ramo De Telégrafos, En El Ministerio De Correos Y Telégrafos: La Esperanza (Cundinamarca2Hácense Las Siguientes Creaciones En El Personal Del Ramo De Telégrafos, En El Ministerio De Correos Y Telégrafos: Departamento Del Alantico: Manatí: Guarda De Manati-Candelaria-Campo De La Cruz (Zona 11ª) , Con Asignación Mensual De 903A Partir De La Vigencia De Este Decreto Adscribanse A La Zona Octava (8ª) De Telégrafos Los Siguientes Trayectos: Abrego A Chapinero Y Chapinero A Ocaña4El Presente Decreto, Rige A Partir Del 16 De Marzo Del Corriente Año
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