DecretoVigente
Decreto 894 de 1990
por el cual se concede una autorización para gestionar un empréstito externo hasta por la suma de US$ 24.100.000 o su equivalente en otras monedas.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase A Los Señores Ministros De Hacienda Y Crédito Público Y De Salud Para Que Conjunta O Separadamente Gestionen A Nombre Del Gobierno Nacional Un Empréstito Externo Hasta Por La Suma De Veinticuatro Millones Cien Mil Dólares (Us$ 242Los Fondos Provenientes De Este Empréstito Los Destinará El Gobierno Nacional Para Financiar Parcialmente El “proyecto Especial Para La Consolidación Del Programa Hogares De Bienestar” Que Ejecutará El Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Icbf3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 225 del Decreto número 222 de 1983, y
- Gerardo Alfredo Hernández CorreaEl Director General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Viceministro de Hacienda y Crédito Público, Ministro de Hacienda y Crédito Público, ad hoc · encargado