DecretoVigente
Decreto 882 de 2020
Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para establecer unas tarifas arancelarias y un desdoblamiento y se suspende la aplicación del Sistema Andino de la Franja de Precios para el trigo
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establecer Un Arancel Del Cero Por Ciento (0%) Para La Importación De Los Productos Clasificados Por Las Subpartidas Arancelarias 10012Artículo 23Desdoblar La Subpartida 28324Las Medidas Establecidas En Los Artículos 1 Y 2 De Este Decreto, Tienen Una Vigencia Por El Término De Dos (2) Años5El Presente Decreto Entra A Regir Quince (15) Días Calendario Después De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica En Lo Pertinente El Artículo 1 Del Decreto 2153 Del 26 De Diciembre De 2016 O Las Normas Que Lo Modifiquen, Aclaren O Sustituyan
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