DecretoVigente
Decreto 866 de 1924
Por el cual se traslada en la Ley de Apropiaciones de 1924, unos créditos del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas al de Industrias
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Trasládanse En La Actual Ley De Apropiaciones, Los Siguientes Créditos: Del Ministerio De Instrucción Y Salubridad Públicas, Capítulo 49, Artículo 454, Al Ministerio De Industrias, Capítulo 44, Artículo 415 B, Para Sueldos De Profesores Y Demás Gastos De La Escuela Superior De Agronomía, Sueldos Y Demás Gastos De Las Granjas Experimentales Anexas Que Se Funden, Del 12Por Las Respectivas Oficinas De Contabilidad, Se Describirán Las Correspondientes Operaciones En Los Libros De Las Cuentas A Su Cargo
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