° Trasládanse en la actual Ley de Apropiaciones, los siguientes créditos: Del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, capítulo 49, artículo 454, al Ministerio de Industrias, capítulo 44, artículo 415 B, para sueldos de Profesores y demás gastos de la Escuela Superior de Agronomía, sueldos y demás gastos de las Granjas Experimentales Anexas que se funden, del 1.° de mayo al 31 de diciembre de 1924 $ 24,650 01 Del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, capítulo 51, artículo 479,
, al Ministerio de Industrias, capítulo 44, articulo 415 B,
°, para el sostenimiento de cuarenta becas en la Escuela Superior de Agronomía, a $ 20 mensuales cada una, del 1.° de mayo al 31 de diciembre de 1924 6,920 Suma $ 31,570 01