DecretoVigente
Decreto 863 de 1918
Por el cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Ábrese Al Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De Le De Marzo De 1918 A 28 De Febrero De 1919, Un Crédito Extraordinaria Por La Suma De Diez Mil Pesos ($ 10,000), Con La Siguiente Imputación: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 68 Auxilios Y Gastos De Fomento Artículo 633-A2Por El Ministerio Del Tesoro Se Dará Cumplimiento Oportuno A Lo Dispuesto En Los Artículos 226 Y 231 Del Código Fiscal3Las Oficinas Ordenadoras Y Pagadoras Respectivas Describirán En Sus Libros Las Operaciones A, Que Da Lugar El Presente Decreto
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