DecretoDerogado
Decreto 84 de 1986
por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones.
12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Establéense Las Siguientes Escalas De Remuneración Mensual Para Los Distintos Grados De Los Niveles En Que Se Clasifican Los Empleos De La Contraloría General De La República: Escala Del Nivel Directivo: Grado Asignacion Basica 1 $ 1292º Los Médicos, Odontólogos Y Bacteriólogos Que Laboran Por El Sistema Hora - Mes En El Empleo De Profesional Universitario De La División De Bienestar Social, Tendrán Una Asignación Básica Mensual De Trece Mil Trescientos Ochenta Y Un Pesos ($ 133º Fijase El Valor De La Hora Cátedra Para Las Personas Que Cumplan Funciones Docentes En La Escuela De Capacitación De La Contraloría General De La República En Un Mil Trescientos Dieciocho Pesos ($ 14º Fínjanse Las Siguientes Asignaciones Básicas Mensuales En Dólares Estadounidenses Para Los Empleos De La Contraloría General De La República En El Exterior, Así: Denominacion Sueldo Auditor I $25º Los Empleados De La Contraloría General Dela República, Que Deban Viajar Dentro O Fuera Del País En Comisión De Servicios, Tendrán Derecho Al Reconocimiento Y Pago De Viáticos, De Acuerdo Con Las Cuantías Que Se Determinan A Continuación: Remuneracion Mensual Viaticos Diarios En Pesos Viaticos Diarios En Dolares Estadounidenses Para Comisiones En El Exterior Hasta Hasta Hasta 166º Además De Los Funcionarios Indicados En El Artículo 46 Del Decreto 720 De 1978 Y En El Artículo 6º Del Decreto 260 De 1982, El Contralor General De La República Podrá Asignar Prima Técnica A Los Funcionarios Que Desempeñen Los Cargos Comprendidos Entre Los Grados 5 A 9 Inclusive Del Nivel Ejecutivo Y Los Comprendidos Entre Los Grados 4 Y 5 Del Nivel Profesional, Siempre Y Cuando Los Titulares De Los Cargos Reúnan Los Requisitos Y Condiciones Establecidas En El Decreto 341 De 19817º Los Empleados De La Contraloría General De La República Tendrán Derecho A Un Subsidio De Transporte En La Misma Forma, Términos Y Cuantía Que El Gobierno Nacional Determine Para Los Particulares8º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Los Empleados De La Contraloría General De La República Que Tengan Una Asignación Básica Mensual Inferior A Cincuenta Y Cuatro Mil Novecientos Pesos ($ 549º No Se Tendrá Derecho Al Subsidio De Alimentación Cuando El Funcionario Disfrute De Vacaciones, Se Encuentre En Uso De Licencia O Suspendido Del Ejercicio Del Cargo10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 12
03