DecretoVigente
Decreto 82 de 1966
por el cual se reglamenta el horario de trabajo de las dependencias de la Dirección Nacional del Presupuesto.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, El Horario De Trabajó En Las Dependencias Dé La Dirección Nacional Del Presupuesto; Será El Siguiente Lunes A Viernes Mañana 8 Am A2Las Divisiones Y Secciones De Presupuesto Ante Los Ministerios Y Departamentos Administrativos; Cumplirán El Horario De Trabajo Que Estos Organismos Tengan Establecidos
03