DecretoVigente
Decreto 745 de 1959
Por el cual se distribuye la partida. (Ramo de Carreteras Nacionales)
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Del Saldo Disponible De La Partida Apropiada En El Capítulo 586, Artículo 5989 Del Presupuesto Vigente "para Estudios Y Construcción De Puentes En Diferentes Carreteras Del País, Según Distribución Que Se Hará Posteriormente, Inclusive El Puente Sobre El Río Badillo" (Ley 13 De 1938), Después De Deducir Los Fondos Distribuidos Por El Decreto Número 0356 De 1959, Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 586 Artículo 59892El Saldo Disponible De Esta Apropiación Se Distribuirá Posteriormente De Acuerdo Con Las Necesidades Del País
03