°. El saldo disponible de esta apropiación se distribuirá posteriormente de acuerdo con las necesidades del país. Comuníquese y publíquese.
Decreto 745 de 1959 →Vigente
Artículo 2
El Saldo Disponible De Esta Apropiación Se Distribuirá Posteriormente De Acuerdo Con Las Necesidades Del País
Decreto 745 de 1959 · Por el cual se distribuye la partida. (Ramo de Carreteras Nacionales)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.