DecretoVigente
Decreto 717 de 1992
por el cual se modifica la hora legal adoptada para el territorio nacional.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1° Adoptar Como Hora Legal En El Territorio De La República, La Del Tiempo Universal Coordinado-Utc, Disminuido En Cuatro (4) Horas2El Cambio De Hora Se Hará Efectivo A Las Veinticuatro Horas Del Día 1º De Mayo Del Presente Año3La Superintendencia De Industria Y Comercio, A Través Del Centro De Control De Calidad Y Meteorología, Vigilará Y Controlará El Cumplimiento De Este Decreto4° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y Publíquesey cúmplase
- Jorge Ospina SardiEl Ministro de Desarrollo Económico
- Mauricio Vargas LinaresEl Ministro de Comunicaciones
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Minas y Energía