DecretoVigente
Decreto 654 de 1988
Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 2 De 1988 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice: Acuerdo Numero 2 De 1988 (Marzo 3) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En Él Decreto Número 2078 De 1840 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre Dé 1930, Un Contrató Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención A Los Mercados Cafeteros Para El Cumplimiento Del Convenio Interamericano Sobre, Cuotas De Exportación Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1973 Sobre Prestación De Servicios Y Administración • Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con Él Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Previeron Originalmente Y Á Fin: De Dar Aplicación A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos 'cafeteros; ' B) Que Se Hace Necesario Asignar; Nuevos Recursos1Autorízase A La Federación Nacional De Cafeteros De Colombia Para Que, Con Recursos Tomados Del Fondo Nacional Del Café, Capitalice El Fondo Rotatorio De Crédito Cafetero Creado Mediante Acuerdo Número2Los Recursos Que Por El Presente Acuerdo Se Capitalizan, Se Destinarán A3Autorízase A-La-Gerencia General De La Federación Para Realizar Todos Los Actos Jurídicos Que Fueren Pertinentes Para Perfeccionar La Presente Operación4Sométase El2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03