DecretoVigente
Decreto 64 de 1878
Reformatorio del de 23 de marzo de 1877, número 171, "sobre aumento de los derechos de importación"
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 1359Del Código Fiscal135Del Código Fiscal, Habrán De Darse Con La Debida Anticipacion, Por Conducto De La Secretaría De Hacienda I Fomento, Para Comunicar La Órden Del Caso A La Respectiva Aduana I Para Publicarlos En El Diario Oficial; I Deberán Contener La Factura En Que Se Detallen Los Objetos Que Se Van A Introducir, El Número De Bultos Que Éstos Han De Formar, Su Marca, Numeracion, El Consignatario Encargado De Su Recibo En La Costa, El Puerto De La Procedencia I La Aduana Del Destino, Los Bultos Deberán Venir Marcados Con El Nombre De La Empresa A Que Se Destinen Los Objetos ; I La Factura Habrá De Venir Autorizada Por El Jefe De La Empresa I Visada Por El Presidente Del Estado En Que Vaya A Construirse El Ferrocarril A Que Aquellos Se Destinen, En Vista Del Presupuesto De Utensilios Relativo A La Seccion De La Via Férrea Que Vaya A Construirse Inmediatamente, Con El Fin De Que El Gobierno Nacional Pueda Cerciorarse De Que No Se Introducen En Mayor Cantidad Que La Indispensable Para Dichos Trabajos3Artículo 3
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