DecretoVigente
Decreto 614 de 1931
Por el cual se reglamentan algunas disposiciones de la Ley 20 de 1923 y se reforma la Resolución ejecutiva número 87 de 1928
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Cuando Ante Una Autoridad O Funcionario Público Se Presente Un Documento De Los Mencionados Sin Las Estampillas Correspondientes , O Con Estas Pero Sin Anular, Esa Autoridad O Funcionario Remitirá El Documento Al Administrador De Hacienda Nacional Donde Se Haya Cometido La Infracción, O A Un Empleado De La Hacienda Nacional Delegado Por Éste, Para Que Proceda A Aplicar A Quien O A Quienes Lo Hubieren Presentado, La Sanción De Que Tratan Los Artículos 18 Y 19, Según El Caso, Como Lo Dispone El Artículo 20 De La Ley Citada4Los Funcionarios Públicos E Cualquier Orden Que Acepten O Admitan Para Cualquiera Actuación, Procedimientos O Intervención De La Autoridad Pública, O Tengan Como Prueba O Den Valor A Los Documentos De Que Se Trata, Que No Lleven Adheridas Las Estampillas De Timbre Que Exige La Ley, O Llevándolas No Estén Debidamente Anuladas, Incurrirán En La Sanción De Que Habla El Artículo 22 De La Ley 20de 19235Artículo 56Artículo 6
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