DecretoVigente
Decreto 58 de 1993
por el cual se hace una delegación en el Ministro de Comunicaciones.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Delégase En El Ministro De Comunicaciones La Facultad De Fijar Y Modificar El Régimen Salarial De Los Empleados Públicos De Carácter Directivo De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones Telecom, Y De La Administración Postal Nacional, Adpostal, Facultad Que Debe Ser Ejercida Dentro Los Diez (10) Primeros Días De Cada Año Y Con Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero Del Correspondiente Año2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las facultades que le confiere el artículo 7° de la Ley 4ª de 1992
- Héctor José Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Carlos Humberto Isaza RodríguezEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública
- Luis Fernando Uribe RestrepoEl Secretario Jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República · encargado