DecretoVigente
Decreto 57 de 1989
por el cual se ordena la publicación de un proyecto de Acto Legislativo.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Ordénase La Publicación Del Proyecto De Acto Legislativo Número 6/88 Senado, 241/88 Cámara, "por El Cual Se Autoriza Erigir En Departamento La Intendencia De Arauca", Aprobado Por El Congreso En Primera Vuelta Durante La Legislatura Ordinaria De 1988, Cuyo Texto Es Del Siguiente Tenor: "el Congreso De Colombia Decreta: Artículo 1º La Ley Puede Erigir En Departamento La Intendencia Del Arauca, Aun Cuando No Tenga El Número De Habitantes Exigidos Por Los Artículos 5º Y 6º De La Constitución Política2El Diario Oficial Hará La Publicación Ordenada En El Artículo 1º De Este Decreto3Un Ejemplar Del Diario Oficial, En Donde Aparezca Publicado El Proyecto De Acto Legislativo, Debidamente Autenticado, Se Anexará Al Expediente Luego De Lo Cual Se Devolverá Al Honorable Senado De La República, Con El Fin De Que Se Surtan Los Trámites Previstos En El Artículo 218 De La Constitución Política Publíquese Y Cúmplase
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