DecretoVigente
Decreto 569 de 1930
Por el cual se crea un puesto en la colonia Penal y Agrícola de Acacías, se nombra el que debe ocuparlo y se determinan sus funciones
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Puesto De Subinspector Telegrafista De La Colonia Penal Y Agrícola De Acacias, Y Para Desempeñarlo Se Nombra A Buenaventura Garzón2Este Empleado, Antes De Posesionarse, Debe Asegurar Su Manejo De Acuerdo Con Las Prescripciones De La Ley 42 De 1923 Y De La Contraloría General De La República3El Subinspector Telegrafista Rendirá Sus Cuentas Y Prestará Sus Servicios De Acuerdo Con Los Decretos Reglamentarios Del Ramo De Telégrafos; Dependiendo Del Director De La Colonia En Todo Lo Relativo Al Régimen Interno De Ella
03