en uso de sus facultades
Artículo 1Créase El Puesto De Subinspector Telegrafista De La Colonia Penal Y Agrícola De Acacias, Y Para Desempeñarlo Se Nombra A Buenaventura Garzón
° Créase el puesto de Subinspector Telegrafista de la Colonia Penal y Agrícola de Acacias, y para desempeñarlo se nombra a Buenaventura Garzón. El sueldo de este empleado se pagará con imputación al artículo 228 del capítulo 14 del Presupuesto y Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso.
Artículo 2Este Empleado, Antes De Posesionarse, Debe Asegurar Su Manejo De Acuerdo Con Las Prescripciones De La Ley 42 De 1923 Y De La Contraloría General De La República
° Este empleado, antes de posesionarse, debe asegurar su manejo de acuerdo con las prescripciones de la Ley 42 de 1923 y de la Contraloría General de la República.
Artículo 3El Subinspector Telegrafista Rendirá Sus Cuentas Y Prestará Sus Servicios De Acuerdo Con Los Decretos Reglamentarios Del Ramo De Telégrafos; Dependiendo Del Director De La Colonia En Todo Lo Relativo Al Régimen Interno De Ella
° El Subinspector Telegrafista rendirá sus cuentas y prestará sus servicios de acuerdo con los decretos reglamentarios del ramo de Telégrafos; dependiendo del Director de la Colonia en todo lo relativo al régimen interno de ella. Comuníquese y publíquese.