DecretoVigente
Decreto 520 de 1994
por el cual se reglamenta el artículo 26 de la Ley 52 de 1990.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º En La Región Del Urabá Antioqueño Se Integrará Una Comisión Especial Para La Coordinación Y Seguimiento De Los Procesos Electorales, Conformada Por El Delegado Presidencial Para El Urabá, Quien La Presidirá, Un Representante Del Gobierno Departamental, Un Delegado De La Procuraduría General De La Nación, Un Delegado Del Consejo Nacional Electoral, Un Delegado De La Registraduría Nacional Del Estado Civil Y Ocho Representantes De Los Partidos Y Movimientos Que Desarrollen Actividades Políticas En La Región, Designados Por El Gobierno Nacional, Previa Consulta Con Dichos Partidos Y Movimientos2º La Comisión Especial Conformada En Este Decreto Tendrá Las Siguientes Funciones: 13º La Comisión Especial De Que Trata Este Decreto, Sesionará En Los Plazos Establecidos Al Efecto Por El Artículo 5º Del Decreto 233 De 19944º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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