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DecretoVigente

Decreto 490 de 1990

por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.

2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Apruébase El Acuerdo Número 2 De 1990 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: “acuerdo Numero 2 De 1990 (Febrero 1°) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 22 De Diciembre De 1988, Un Contrato De Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café Y Prestación De Servicios; B) Que La Cláusula Quinta Del Contrato Sobre Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Suscrito Por El Gobierno Nacional Y La Federación Nacional De Cafeteros, El Día 20 De Diciembre De 1978, Dispone Que “las Operaciones Que Impliquen Egresos O Compromisos Del Fondo Nacional Del Café, Deberán Estar Previstas En El Presupuesto Que De Dicho Fondo Elaborará Anualmente La Federación Con La Aprobación Del Comité Nacional De Cafeteros, Con El Voto Favorable Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Y Su Posterior Sanción Ejecutiva”; C) Que El Proyecto De Ingresos Y Egresos Del Fondo Nacional Del Café Para La Vigencia De 1990 Fue Estudiado Y Aprobado Los Días 21 Y 22 De Noviembre Y 5 Y 14 De Diciembre De 1989 Por Los Miembros Cafeteros Integrantes De La Comisión Designada Para Tal Fin Por El Comité Nacional De Cafeteros En Su Sesión Del 16 De Noviembre De 1989; D) Que Según Cláusula Decimoquinta Del Contrato De Diciembre 22 De 1988, El Comité Nacional De Cafeteros Es La Única Corporación Con Facultad Para Asignar Los Recursos Del Fondo Nacional Del Café; E) Que El Comité Nacional De Cafeteros, En Su Sesión Del 26 De Enero De 1989, Acogió Íntegramente El Informe Final De Dicha Comisión, Acuerda: Artículo 1° Apruébase El Presupuesto Del Fondo Nacional Del Café Para La Vigencia De 1990, Con La Siguiente Composición: Ingresos Corrientes2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Publicación
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