Micelio
DecretoVigente

Decreto 489 de 1992

por el cual se incorporan a la estructura orgánica y a la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación unos cargos y se les asigna la correspondiente denominación.

14artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1A Partir Del 1° De Julio De 1992 Las Fiscalías Del Consejo De Estado, De Los Tribunales Administrativos, De Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial, Del Tribunal Superior De Orden Público Y Del Tribunal Superior De Aduanas, Con Sus Correspondientes Empleos, Pertenecientes A La Planta De Personal Del Ministerio Público, Se Incorporan A La Estructura Orgánica Y A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, Prevista En El Decreto 1742 De 19902Los Cargos De Fiscales Del Consejo De Estado Que Se Incorporan A La Estructura Orgánica Y A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, En Lo Sucesivo Se Denominarán Procurador Delegado En Lo Contencioso, Grado 223Los Cargos De Secretarios, Grado 20, De Las Fiscalías Del Consejo De Estado, Que Se Incorporan A La Estructura Orgánica Y A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, En Lo Sucesivo Se Denominarán Profesional Universitario, Grado 204Los Cargos De Fiscales De Los Tribunales Administrativos, Superiores De Distrito Judicial, Superior De Orden Público Y Superior De Aduanas, Grado 21, Que Se Incorporan A La Estructura Orgánica Y A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, En Lo Sucesivo Se Denominarán Procurador En Lo Judicial, Grado 215Los Cargos De Secretarios, Grado 13 De Las Fiscalías Del Tribunal Superior De Orden Público, Que Se Incorporan A La Estructura Orgánica Y A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, En Lo Sucesivo Se Denominarán Secretario, Grado 136Los Cargos De Auxiliares Judiciales, Grado Ll, De Las Fiscalías Del Consejo De Estado, De Los Tribunales Administrativos, Superiores De Distrito Judicial, Superior De Orden Público Y Superior De Aduanas, Que Se Incorporan A La Estructura, Orgánica Y A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, En Lo Sucesivo Se Denominarán Sustanciado Grado 117Los Cargos De Citadores, Grado 4, De Las Fiscalías Del Tribunal Superior De Orden Público, Que Se Incorporan A La Estructura Orgánica Y A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, En Lo Sucesivo Se Denominarán Citador, Grado 48A Partir Del 1° De Julio De 1992, Los Cargos Que Por Este Decreto Se Incorporan A La Estructura Orgánica De La Procuraduría General De La Nación, Tendrán La Siguiente Equivalencia: Situación Anterior Denominacion Grado Fiscal Del Consejo De Estado Secretario Fiscalía Consejo De Estado 20 Auxiliar Judicial Fiscalía Consejo De Estado 11 Fiscal Tribunal Administrativo 21 Auxiliar Judicial Fiscalía Tribunal Administrativo 11 Fiscal Tribunal Superior De Orden Público 21 Secretario Fiscalía Tribunal Superior De Orden Público 13 Auxiliar Judicial Fiscalía Tribunal Superior Orden Pública 11 Citador Fiscalías Tribunal Superior Orden Público 4 Fiscal Tribunal Superior De Aduanas 21 Auxiliar Judicial Fiscalía Tribunal Superior De Aduanas 11 Fiscal Tribunal Superior Distrito Judicial 21 Auxiliar Judicial Fiscalía Tribunal Superior De Distrito Judicial 11 Situación De La Procuraduría General De La Nación Dominacion Grado Procurador Delegado En Lo Contencioso 22 Profesional Universitario 20 Sustanciador 11 Procurador En Lo Judicial 21 Sustanciador 11 Procurador En Lo Judicial 21 Secretario 13 Sustanciador 11 Citador 4 Procurador En Lo Judicial 21 Sustanciador 11 Procurador En Lo Judicial 21 Sustanciador 119Incorpóranse A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, Los Siguientes Cargos: No10El Procurador General De La Nación, Mediante Resolución, Fijará Las Funciones Y Sedes De Los Cargos De Que Trata El Presente Decreto11El Procurador General De La Nación Podrá Distribuir A Nivel Nacional, Mediante Acto Administrativo El Personal En Los Cargos De Que Trata El Presente Decreto, Teniendo En Cuenta La Estructura Orgánica, Las Necesidades Del Servicio Y Los Planes Y Programas Trazados Por La Entidad12Los Servidores Públicos Que Sean Incorporados En Virtud De Lo Establecido En El Presente Decreto, A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, Conservarán La Remuneración Y Régimen Prestacional Que Venían Percibiendo, Mientras Permanezcan En Los Empleos A Los Cuales Fueren Incorporados13Los Gastos Que Demande La Incorporación De Que Trata Este Decreto, Serán A Cargo Del Presupuesto Del Ministerio Público Unidades Ejecutoras 01 Y 03 Vigentes A La Fecha14El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1
03

Firmas