Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1° De Julio De 1992 Las Fiscalías Del Consejo De Estado, De Los Tribunales Administrativos, De Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial, Del Tribunal Superior De Orden Público Y Del Tribunal Superior De Aduanas, Con Sus Correspondientes Empleos, Pertenecientes A La Planta De Personal Del Ministerio Público, Se Incorporan A La Estructura Orgánica Y A La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación, Prevista En El Decreto 1742 De 1990

Decreto 489 de 1992 · por el cual se incorporan a la estructura orgánica y a la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación unos cargos y se les asigna la correspondiente denominación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 1° de julio de 1992 las Fiscalías del Consejo de Estado, de los Tribunales Administrativos, de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, del Tribunal Superior de Orden Público y del tribunal Superior de Aduanas, con sus correspondientes empleos, pertenecientes a la planta de personal del Ministerio Público, se incorporan a la estructura orgánica y a la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, prevista en el Decreto 1742 de 1990.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 489 de 1992