DecretoVigente
Decreto 477 de 1990
por el cual se delegan algunas funciones constitucionales.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Deléganse En El Ministro De Gobierno, Carlos Lemos Simmonds, Por El Tiempo Que Dure La Ausencia Del Presidente De La República, Las Siguientes Funciones Constitucionales: A) Artículo 118, Numerales 7° Y 8°; B) Artículo 119, Numeral 2°; C) Artículo 120, Con Excepción De Los Asuntos Indicados En El Numeral 202El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03