DecretoVigente
Decreto 473 de 1949
por el cual se adscriben unas funciones a la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adscríbese A La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales (Sección Primera) La Custodia Definitiva Del Archivo De La Extinguida Junta De Daños Y Perjuicios, Creada Por Decreto 1255 De 19482El Jefe De Rentas E Impuestos Nacionales Queda Facultado Para Autenticar, A Solicitud De Parte Legitima Interesada, Copias Fotostáticas De Los Certificados Expedidos Legalmente Por La Junta Informadora De Daños Y Perjuicios3Las Solicitudes Sobre Avalúos De Daños Y Perjuicios Presentadas En La Oportunidad Debida, Y Que Estuvieren Pendientes De Resolución, Permanecerán En Este Estado Hasta Tanto El Congreso Nacional Provea Lo Conveniente4Para El Manejo Del Archivo De La Junta Informadora De Daños Y Perjuicios, Créanse Los Siguientes Cargos: A) Un Ponente Oficial De Archivo, Con $ 350 Mensuales B) Una Mecanógrafa Primera, Con $ 220 Mensuales
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