DecretoVigente
Decreto 4660 de 2006
por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
16artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezLos Secretarios Ejecutivos de grado igual o superior al 09 que desempeñen sus funciones en los Despachos del Presidente de la República, del Vicepresidente de la República, del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, del Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de la Secretaría Privada, de la Secretaría Jurídica, de la Secretaría de Prensa, del Alto Comisionado y del Ministro Consejero de la Presidencia de la República, tendrán derecho a devengar horas extras, dominicales y días festivos, siempre y cuando laboren en jornadas superiores a cuarenta y cuatro (44) horas semanales En los Despachos señalados en el presente artículo, solo se podrán reconocer horas extra máximo a dos (2) Secretarios Ejecutivos del grado igual o superior al 09
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Bernardo Moreno VillegasEl Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública