Micelio
DecretoVigente

Decreto 45 de 1931

Por el cual se organiza la conducción de correos del Atlántico por administración directa, se suprimen unos puestos y se crean otros

10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1La Conducción De Los Correos Del Atlántico Se Prestará Por Administración Directa Entre Bogotá Y Cambao O El Kilómetro 96 Del Ferrocarril De La Dorada O Cualquier Otro Lugar De La Vía, De Acuerdo Con Lo Que Dispone El Presente Decreto2Dichos Correos Serán Transportados Por Medio De Los Camiones De Que Dispone El Ministerio De Correos Y Telégrafos, E Irán A Cargo De Los Mensajeros Nombrados Para El Efecto3Cuando El Número De Bultos De Encomiendas Postales Del Exterior, No Permita Traerlas A La Ciudad En Los Mencionados Camiones, Se Transportarán Por Conducto De Los Ferrocarriles De La Dorada, Y Ambalema-Ibagué, Mediante Los Contratos Que Se Celebren Condichas Empresas4Para La Cumplida Ejecución De Este Servicio, Créanse Los Siguientes Empleos, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Expresan: Un Jefe De Garajes, Con $150 Tres Choferes Ayudantes, Cada Uno, Con 90 Dos Guardas, Cada Uno, Con 505Nombrase Para Desempeñar Los Empleos De Que Trata El Artículo Anterior, A Los Siguientes Señores: Jefe De Garajes, Enrique Chacón Del Castillo6El Jefe De Garajes, Con Los Empleados De Su Dependencia, No Solamente Atenderá A La Conducción De Los Correos Del Atlántico Sino A Los Acarreos Que Haya Necesidad De Efectuar En La Ciudad Respecto A Los Servicios Postales No Contratados, Materiales Telegráficos, Etc7Reconócese A Los Empleados En Referencia Derecho A Sueldo Desde El Día 1° De Los Corrientes, Fecha Desde La Cual Están Prestando Sus Servicios, Excepto Al Señor Manuel Salazar S8A Contar Del 11 De Los Corientes Suprímense Los Empleos De Jefe De Garajes, Chofer Y Dos Guardas Que Figuran, En El Decreto Número 2215 De 1930 (Diciembre 31)9Los Gastos Que Ocasione El Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Presente Decreto, Se Imputarán A La Partida De Conducción De Correos, De La Ley De Apropiaciones, Lo Mismo Que La Diferencia Del Sueldo Del Jefe De Garajes, Correspondiente A La Primera Década Del Presente Mes10En Los Términos Del Presente, Queda Adicionado El Decreto Número 2054 De1930 (Diciembre 4)
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