DecretoVigente
Decreto 4170 de 2007
por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional -Dirección de Bienestar Social y se dictan otras disposiciones.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Ministerio De Defensa Nacional - Policía Nacional - Dirección De Bienestar Social, De Conformidad Con El Sistema De Nomenclatura Y Clasificación De Empleos Especial Del Sector Defensa Contemplado En El Decreto-Ley 092 De 2007, Será La Siguiente: Planta Global N° Decargos Denominacion Del Cargo Codigo Grado 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 33 2 (Dos) Asesor Del Sector Defensa 2-2 26 5 (Cinco) Asesor Del Sector Defensa 2-2 12 4 (Cuatro) Asesor Del Sector Defensa 2-2 10 8 (Ocho) Asesor Del Sector Defensa 2-2 09 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 08 6 (Seis) Asesor Del Sector Defensa 2-2 07 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 05 1 (Uno) Asesor Del Sector Defensa 2-2 04 2 (Dos) Asesor Del Sector Defensa 2-2 03 2 (Dos) Asesor Del Sector Defensa 2-2 01 2 (Dos) Profesional De Defensa 3-1 20 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 18 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 17 7 (Siete) Profesional De Seguridad 3-1 16 1 (Uno) Profesional De Seguridad 3-1 15 1 (Uno) Profesional De Seguridad 3-1 14 4 (Cuatro) Profesional De Seguridad 3-1 13 8 (Ocho) Profesional De Seguridad 3-1 11 3 (Tres) Profesional De Seguridad 3-1 09 7 (Siete) Profesional De Seguridad 3-1 08 8 (Ocho) Profesional De Seguridad 3-1 07 9 (Nueve) Profesional De Seguridad 3-1 06 6 (Seis) Profesional De Seguridad 3-1 05 6 (Seis) Profesional De Seguridad 3-1 03 3 (Tres) Orientador De Defensa 4-1 22 18 (Dieciocho) Orientador De Defensa 4-1 21 59 (Cincuenta Y Nueve) Orientador De Defensa 4-1 20 1 (Uno) Orientador Espiritual 4-1 20 54 (Cincuenta Y Cuatro) Orientador De Defensa 4-1 19 40 (Cuarenta) Orientador De Defensa 4-1 18 113 (Ciento Trece) Orientador De Defensa 4-1 17 155 (Ciento Cincuenta Y Cinco) Orientador De Defensa 4-1 15 1 (Uno) Técnico Para Apoyo De Seguridad Y Defensa2El Ministro De Defensa Nacional O Quien Este Delegue, Mediante Resolución, Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades Del Servicio3Los Funcionarios Que A La Fecha De La Expedición Del Presente Decreto Se Encuentren Prestando Sus Servicios En La Planta De Personal Del Ministerio De Defensa Nacional - Policía Nacional - Dirección De Bienestar Social, Serán Incorporados En Los Cargos De Los Que Trata El Artículo 1°, En Un Término Máximo De Treinta (30) Días Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación4El Personal Que Se Incorporó A La Planta De Personal De La Policía Nacional - Dirección De Bienestar Social Con Una Asignación Básica Inferior, Continuará Percibiendo La Remuneración Que Venía Devengando, Con Los Reajustes Que Determine El Gobierno Nacional Hasta Que Cambie De Empleo O Se Retire Del Servicio5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Decreto Número 118 Del 16 De Enero De 1998
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Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Manuel Santos CEl Ministro de Defensa Nacional
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública